Certificación IVA IEPS, Operador Económico Autorizado, OEA, Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, SAT, IMMEX

Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020

(PDF)

El día de hoy 24 de julio de 2020, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publicó la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020 en el Diario Oficial de la Federación. El SAT realiza una serie de cambios a las reglas que impactarán a las empresas de la industria maquiladora y manufacturera de México.

Por medio de la presente alerta, VTZ expone los cambios que consideramos más relevantes para las empresas que cuentan con Registro en el Esquema de Certificación de Empresas:

Certificación IVA / IEPS

  1. Eliminación de importantes beneficios para las Certificadas IVA e IEPS, siendo los siguientes:
  • Obtener la devolución del IVA en 20, 15 o 10 días.
  • Plazo de permanencia de las importaciones temporales de 36 meses.
  • Plazo de permanencia de mercancía importada temporalmente que le haya sido transferida de 36 meses, para Certificadas AAA.
  • Inscripción inmediata en Padrón de Importadores de Sectores Específicos.
  • No proporcionar Manifestación de Valor en operaciones de importación temporal.
  • Opción de autocorregirse mediante carta en caso de detectar irregularidades.
  • Procedimiento previo a suspensión del Padrón de Importadores.
  • Uso de operaciones V5 para Certificadas AAA.
  • Homologación de la vigencia de empresas con Certificación IVA e IEPS con Operador Económico Autorizado.

Operador Económico Autorizado (OEA)

  1. Adición de beneficios importantes paras las empresas con Registro como Operador Económico Autorizado.
  • Plazo de permanencia de las importaciones temporales de 36 meses.
  • No proporcionar “Manifestación de Valor” en operaciones de importación temporal.
  • Procedimiento previo a suspensión del Padrón de Importadores.
  1. Adición de obligaciones a tomar en cuenta:
  • Para todas modalidades procederá pago de derechos anual conforme a la tarifa que se establezca en la Ley Federal de Derechos establecida en el artículo 40, inciso m).
  • Las empresas Certificadas IVA e IEPS en los tres rubros deberán cuidar que la totalidad de sus proveedores nacionales de insumos se encuentren al corriente de sus obligaciones fiscales.

Cabe resaltar que, si seguirá siendo posible importar mercancía sensible al amparo de la Certificación IVA e IEPS, asimismo que las empresas cuyo Registro se encuentre vigente previo a la fecha de esta publicación, seguirán gozando de los beneficios que hoy se eliminan y los perderán una vez que lo renueven.

Estos cambios representan una afectación muy importante para la industria maquiladora y manufacturera de nuestro país, les recomendamos mantenerse informados y verificar cómo se verán afectadas sus operaciones en lo particular.

Para mayor información, favor de contactar a:

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