Reducción Gradual de la Jornada Laboral
El 1 de mayo de 2026, se realizaron modificaciones significativas en materia laboral en México. En particular, se publicó una reforma a la Ley Federal del Trabajo (LFT). Tal reforma incluye una reducción paulatina de jornada semanal de 48 a 40 horas para el 2030, y se modificaron diversas disposiciones de la LFT. A continuación, te presentamos los detalles más relevantes.
Jornada semanal máxima de trabajo
Con la intención de fomentar que las personas trabajadoras disfruten del descanso, reduzcan la fatiga laboral, y mejoren sus condiciones de trabajo, el esquema en que se implementará la reducción gradual de la jornada semanal máxima de trabajo es el siguiente:
AÑO | JORNADA SEMANAL MÁXIMA |
2026 | 48 HORAS |
2027 | 46 HORAS |
2028 | 44 HORAS |
2029 | 42 HORAS |
2030 | 40 HORAS |
En este sentido, la reforma de la LFT establece que la jornada máxima semanal ordinaria será de 40 horas para el 2030. Para esto, se prevé una reducción progresiva iniciando en un tope de 48 horas en 2026. En adición, el esquema mantiene las jornadas diurna, nocturna y mixta, lo que implica un reto para la distribución de la jornada diaria en los límites semanales establecidos en la reforma.
Según un estudio especializado, alrededor de 4.7 millones de mexicanos trabajan más de 60 horas semanales, por lo que la reducción la jornada laboral tiene el potencial de incrementar los salarios en un 9.2% y reducir los niveles de desempleo en México hasta un 2.9% entre 2027 y 2030.
Límite a la jornada diaria
En cuanto a la jornada diaria, la reforma de la LFT establece que el trabajo extraordinario no puede exceder de doce horas semanales. Además, se limitan los dobles turnos o las jornadas muy extensas. A este respecto, también se establece un aumento progresivo en el límite semanal de horas extras.
AÑO | LIMITE HORAS EXTRAS/SEMANA |
2026 | 9 |
2027 | 9 |
2028 | 10 |
2029 | 11 |
2030 | 12 |
La implementación de las horas extra fija un máximo de 4 horas diarias, las cuales podrán distribuirse en un máximo de 4 días por semana. El pago de las horas extras es de un 100% extra en las horas dentro del límite máximo y 200% extra en las horas adicionales que no pueden estas exceder de 4 horas por semana.
Descanso semanal y prima dominical
Entre las modificaciones del nuevo esquema, se destaca que la LFT Mantiene un día de descanso obligatorio (al menos) por seis días laborados. Asimismo, se mantiene la obligación de una prima dominical mínima de 25% más que el salario de los días ordinarios para los empleados que trabajen los domingos.
Registro electrónico obligatorio
De manera adicional, se establece la obligación de que los patrones lleven un registro electrónico obligatorio de la jornada laboral de cada persona trabajadora, incluyendo el horario de inicio y finalización. Este registro electrónico deberá estar debidamente integrado y proporcionársele a la autoridad del trabajo cuando se solicite. En este sentido, el registro electrónico hará prueba plena si fue acordado entre trabajador y empleador, y aplica para todos los esquemas de trabajo (presencial, remoto o teletrabajo) y personal de confianza.
En caso de que algún patrón incumpla con la obligación de llevar y entregar el registro electrónico de la jornada a la autoridad cuando le sea solicitado, la reforma señala que se impondrá una multa desde 250 hasta 5000 unidades de medidas y actualización (UMAS) al empleador. Conforme al valor actual de la UMA (vigente desde el 1 de febrero de 2026), el rango de multas se encuentra entre 29,350 y 585,000 pesos mexicanos (MXN).
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Rafael Alday
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