Teksid y el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida T-MEC​

El 6 de junio del 2022, el gobierno de los Estados Unidos activó el mecanismo de respuesta rápida y solicitó a México la revisión de la presunta violación de los derechos sindicales de los trabajadores de la planta de Teksid Hierro de México en Frontera, Coahuila.

¿Por qué Estados Unidos activó el mecanismo laboral de respuesta rápida contra Teksid?

Este asunto tiene sus orígenes desde el 2014, aquí te lo explicamos. Primero, es importante destacar que Teksid, una empresa del ramo autopartes, celebró un contrato colectivo de trabajo con el Sindicato de Trabajadores de la Industria Metalmecánica del Estado CTM (“Sindicato de CTM”) en 1999, el cual fue registrado en la Junta de Conciliación y Arbitraje de Coahuila.

Sindicatos y Disputa por la Representatividad Sindical en Teksid

En 2014, los trabajadores de Teksid realizaron un paro laboral exigiendo un reparto justo de utilidades y su adhesión al “Sindicato Nacional de Trabajadores Mineros, Metalúrgicos, Siderúrgicos y Similares de la República Mexicana” (“Sindicato de Mineros”). En aquel momento, alrededor de 600 trabajadores votaron a favor de la adhesión al Sindicato de Mineros, es decir más de la mitad de la plantilla laboral.  Cabe señalar que el Sindicato de Mineros es dirigido por Napoleón Gómez Urrutia, hoy Senador (Morena).  

Curiosamente, el Sindicato de CTM celebró un contrato colectivo de trabajo con Teksid en el 2014, el cual fue registrado en la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje. En virtud de lo anterior, el Sindicato de Mineros inició un juicio laboral para ser reconocido como el titular de dicho contrato y para negociarlo, así como cuotas sindicales.

En junio del 2018 se llevó a cabo un recuento de votos para que los trabajadores de Teksid decidieran a qué sindicato prefieren pertenecer: Sindicato de Mineros o Sindicato de CTM. El Sindicato de Mineros nuevamente ganó con 238 votos. Sin embargo, Teksid se negó a reconocer el recuento y en su lugar despidió a algunos simpatizantes sindicales, según se reporta en medios.

Suprema Corte

Fue hasta el 2021 cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechó un recurso presentado por el Sindicato de CTM, el cual ponía “fin” a la controversia legal iniciada por el Sindicato de Mineros. Al respecto, los tribunales reconocieron que el Sindicato de Mineros era el sindicato titular del contrato colectivo de trabajo registrado ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje.

No obstante, entendemos que Teksid continuaba sin reconocer y negociar con el Sindicato de Mineros. Lo anterior, porque el Sindicato de CTM seguía siendo titular del Contrato Colectivo de Trabajo registrado en 1999 ante las autoridades laborales del estado.

Denuncia ante el Comité Laboral Interinstitucional en Estados Unidos

Ante esta situación, el 5 de mayo del 2022, el sindicato Trabajadores Unidos de la Industria Automovilística, Aeroespacial y de Implementos Agrícolas de América (UAW por sus siglas en inglés); la Federación Americana del Trabajo y el Congreso de Organizaciones Industriales (AFL-CIO, por sus siglas en ingles), y el Sindicato de Mineros presentaron una petición para activar el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del T-MEC ante el Comité Laboral Interinstitucional para la Supervisión y el Cumplimiento.

Acuerdo del Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral

Unos días después, precisamente el 11 de mayo de 2022, el nuevo Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) emitió un acuerdo para resolver cuál era el contrato colectivo de trabajo válido y vigente, señalando lo siguiente:

La Solicitud de Revisión del USTR sobre el mecanismo laboral contra Teksid

Así, llegamos al 6 de junio y a la solicitud de revisión de denegación de derechos laborales, en materia de libre asociación y negociación colectiva en Teksid con respecto al contrato colectivo de trabajo registrado ante las autoridades federales (i.e. CFCRL), el cual el Sindicato de Mineros es titular.

En particular, la USTR solicita, entre otras cosas, revisar todas las acciones y eventos (incluidas el descuento de las cuotas sindicales, las deducciones de la nómina, el acceso a las instalaciones, la provisión de espacio de oficina o los despidos) relacionados con la firma, el depósito, la implementación o el mantenimiento del Contrato Colectivo de Trabajo registrado ante las autoridades laborales del estado, así como cualquier otra acción para establecer o mantener al Sindicato de CTM como representante de los trabajadores de Teksid.

México Acepta Revisar Teksid

El día 15 de junio el gobierno de México aceptó la solicitud de revisión del USTR. De confirmarse, México tiene 45 días para emitir un informe a partir de la solicitud del USTR, es decir el 21 de julio de 2022. En dicho informe México podría rechazar la denegación de derechos, o bien aceptar que existió una denegación de derechos e informar las medidas de remediación.

Acuerdo entre Teksid y Sindicato de Mineros

El pasado 11 de julio, la Secretaría de Economía informó que Teksid y el Sindicato de Mineros alcanzaron un acuerdo para remediar la denegación de derechos laborales. En particular, las partes llegaron a un convenio donde se estableció lo siguiente:

Comentario VTZ sobre el mecanismo laboral contra Teksid

A diferencia de la postura del Sindicato de CTM expresada en medios, nosotros consideramos que es probable que algunos eventos que podrían dar pie a una posible denegación de derechos laborales ocurrieron durante la vigencia del T-MEC. Por ejemplo, si Teksid no reconoció al Sindicato de Mineros después de que se hubiese confirmado la sentencia del juicio laboral; si ha habido amenazas o despidos contra los trabajadores por estos motivos o eventos después de la entrada en vigor del TMEC, etc.

De acuerdo con los reportes de los medios, pareciera que el Sindicato de Mineros recurrió a este mecanismo para meter más presión a Teksid, desde un punto de vista de “aranceles”. Sin embargo, el Sindicato de Mineros pareciera que tiene todo bajo control, pues el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral (CFCRL) confirmó que dicho sindicato es el titular del único Contrato Colectivo de Trabajo que sigue vigente. 

En resumen, esta activación del mecanismo laboral permitió agilizar las negociaciones entre el Sindicato de Mineros y Teksid. Al final, el mecanismo permitió llegar a un acuerdo satisfactorio que busca asegurar el pleno ejercicio de los derechos laborales de los trabajadores de Teksid.

Más información sobre el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida

Fuentes:

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