Aranceles para proteger la industria textil mexicana: Cambios en la LIGIE y Decreto IMMEX
El 19 de diciembre de 2024, la presidenta Claudia Sheinbaum firmó el Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación y el Decreto para el Fomento de la Industria Manufacturera, Maquiladora y de Servicios de Exportación (IMMEX) donde se incrementan los aranceles a los productos de la industria textil. Conoce todos los detalles aquí:
Objetivos del decreto para proteger la industria textil mexicana
Las modificaciones que se incluyen en este decreto tienen los siguientes objetivos:
- Fomentar el desarrollo de la industria nacional y promover condiciones justas de mercado.
- Proteger la industria textil mexicana, evitando que empresas abusen de disposiciones vigentes del IMMEX, según los dichos del secretario de Economía, Marcelo Ebrard.
- Proteger los 400 mil empleos que aproximadamente existen en el sector textil.
¿En qué consiste el decreto para proteger la industria textil mexicana?
Aumento de aranceles
El artículo primero del Decreto modifica aranceles de 138 fracciones arancelarias a un nivel de 35% a la importación de mercancías confeccionadas, así como el 15% de impuesto a la importación de mercancías textiles, clasificadas en 17 fracciones arancelarias. Para ver la lista, favor de consultar el siguiente vínculo.
El arancel será temporal y estará vigente hasta el 22 de abril de 2026, el cual entró en vigor el 20 de diciembre de 2024. Cabe destacar, esta medida no afecta las importaciones de mercancías sujetas a preferencias arancelarias previstas en tratados de libre comercio.
Cambios IMMEX: Restricciones a la Importación Temporal para productos textiles
El artículo segundo de esta medida modifica el Anexo I del Decreto IMMEX, el cual lista las fracciones arancelarias que no pueden importarse al amparo del programa IMMEX como importación temporal. En ese sentido, el Gobierno lista 302 fracciones arancelarias, que corresponden a los capítulos 61, 62, 63 de la Tarifa de LIGIE, así como una fracción arancelaria del capítulo 63 y dos fracciones arancelarias de las subpartidas 9404.40 y 9404.90, en el Anexo I.
¿Por qué? Según la Secretaría de Economía, el gobierno detectó empresas IMMEX que importan temporalmente estas mercancías y las venden como producto final en México sin el pago de impuestos; esto, en lugar de incorporar las piezas importadas en un producto final para su eventual exportación conforme al programa IMMEX.
En consecuencia, el artículo tercero del Decreto elimina las 302 fracciones arancelarias del apartado C, del anexo II, del Decreto IMMEX, el cual permitía obtener una ampliación del programa IMMEX para importar temporalmente dichas mercancías de los capítulos 61, 62, 63 de la Tarifa de LIGIE. Las modificaciones relativas al programa IMMEX serán de “carácter” permanente.
Comentario VTZ
A reserva de un análisis profundo, consideramos que el Gobierno de México está introduciendo una dura medida en contra de la industria maquiladora, afectando a empresas que cumplen debidamente con sus obligaciones IMMEX. En pocas palabras, resulta relevante el refrán: “pagan justos por pecadores”.
En consecuencia, las empresas maquiladoras que utilizan los insumos ahora listados en el Anexo I del IMMEX deberán importar las mercancías bajo el régimen definitivo, o bien buscar nuevos proveedores, preferentemente, de países con Tratados de Libre Comercio.
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