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Actualización


Acuerdo sobre la Subcontratación Especializada o Outsourcing

El pasado 5 de abril, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social anunció que los sectores obrero y empresarial, así como el Gobierno de México, llegaron a un acuerdo sobre la subcontratación especializada o outsourcing.

La Iniciativa la Subcontratación

Cabe recordar que en noviembre del año pasado (ver nuestra alerta), el Presidente de México presentó una Iniciativa con Proyecto de Decreto para reformar las siguientes leyes:

  • Ley Federal del Trabajo;
  • Ley del Seguro Social;
  • Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores;
  • Código Fiscal de la Federación;
  • Ley del Impuesto sobre la Renta; y,
  • Ley del Impuesto al Valor Agregado.

La finalidad de esta reforma es prohibir la subcontratación de personal (outsourcing) y establecer reglas precisas a fin de que las personas físicas o morales contraten únicamente la prestación de servicios de carácter especializado o la ejecución de obras especializadas, erradicando de este modo prácticas que operan en la actualidad a través de diversas formas de simulación en perjuicio de los trabajadores y del erario público.

Actualización: Boletín de la Secretaría de Trabajo sobre los Acuerdos de la Subcontratación

Mediante el Boletín 041/2021 emitido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS), se informa que se alcanzaron acuerdos en los siguientes rubros:

  1. La prohibición de la subcontratación de personal.
  • La regulación de la subcontratación de servicios especializados distintos del objeto social y de la actividad económica preponderante de la empresa contratante.
  • El registro ante la STPS y la inscripción al padrón público de las empresas de subcontratación de servicios y obras especializados.
  • La responsabilidad solidaria de quienes reciban los servicios del personal en caso de incumplimiento por parte de las entidades que lo tengan registrado.
  • El otorgamiento de un plazo de tres meses para que los trabajadores subcontratados pasen a formar parte de la nómina del patrón real.
  • Creación de dos modalidades para el cálculo del reparto de utilidades.

Servicios Complementarios Prestados entre Empresas de un mismo Grupo

Extraoficialmente, se ha dado a conocer que se permitirán los servicios complementarios prestados entre empresas de un mismo grupo, siempre que dichos servicios no formen parte del objeto social y de la actividad preponderante de la empresa que lo reciba.

Reglas de Registro para Empresas de Servicios y Obras Especializadas

De igual forma, se informó que dentro de los 30 días siguientes a que entre en vigor el decreto con las modificaciones legales que en su caso se aprueben, la STPS expedirá las reglas para el registro que tendrán que hacer las empresas de servicios y obras especializados y que, a partir de la publicación de dichas reglas, las empresas tendrán un plazo de tres meses para obtener su registro ante la STPS. 

Posible entrada en Vigor de los cambios de la Subcontratación Especializada

En ese sentido, en el supuesto de que las modificaciones a las diferentes legislaciones sean aprobadas durante el mes de abril tanto por los Diputados como por los Senadores, y en el entendido de que el Decreto correspondiente fuera publicado en mayo, tentativamente en septiembre de este mismo año serían exigibles las nuevas obligaciones en materia de subcontratación laboral.

Cambios entre la Iniciativa y el Acuerdo

Aparentemente, de acuerdo con la información oficial, los acuerdos señalados no parecen  representar una modificación substancial con respecto a la iniciativa original presentada por el Presidente de México. En efecto, la regularización de la subcontratación de servicios y obras especializadas, el padrón de empresas de subcontratación, la responsabilidad solidaria con quienes tengan registrados a los trabajadores, entre otros, son aspectos que ya se contemplaban en la propuesta del Presidente. Los temas novedosos serían el reparto de utilidades y los servicios entre empresas del mismo grupo.

El Proceso Legislativo

Finalmente, de acuerdo con el propio Boletín emitido por la STPS, los acuerdos serán entregados a la H. Cámara de Diputados para que, en su caso, puedan ser considerados por los legisladores para su análisis y aprobación, conjuntamente con la Iniciativa Presidencial. Conforme se den a conocer los avances oficiales respecto al proceso legislativo correspondiente, se los estaremos informando.

Agradeciendo su atención, quedamos a sus apreciables órdenes para asesorarlos profesionalmente al respecto.

Jorge Montes

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