MASC, negociación, conciliación, arbitraje

Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.

Alerta Legal

El 26 de enero de 2024, la Secretaría de Gobernación publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “Decreto por el que se expide la Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias y se reforma y adiciona la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa” .  

Destacamos, los siguientes seis aspectos de esta nueva ley “general”:  

1. ¿Cuál es el objetivo de la ley general de Mecanismos alternativos de solución de controversias?

Tiene por objetivo homogenizar los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias (MASC) en todo el país. Los MASC tienen como propósito que las partes en conflicto lleguen a una solución pacífica, con mecanismos más ágiles y flexibles a comparación de los procedimientos judiciales, lo cual representa ahorros de recursos para las empresas y personas que activen los MASC.   

2. ¿Cuáles son los Mecanismos alternativos de solución de controversias previstos en ley?

En la Ley se contemplan los siguientes mecanismos:  

  • Negociación.  
  • Negociación Colaborativa.  
  • Mediación. 
  • Conciliación. 
  • Arbitraje.  

Dichos mecanismos, a excepción del arbitraje, resultarán aplicables en la materia administrativa, tanto a nivel federal como local. 

3. Nueva figura: Personas Abogadas Certificadas

Los MASC serán aplicables por conducto de personas certificadas como “facilitadoras” en el ámbito público o privado, así como de ‘’personas abogadas certificadas’’ 

4. Nuevos "Organismos"

Dentro de este escenario se crearán los siguientes organismos:  

  • (i) Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias,  
  • (ii) Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de Justicia Administrativa; y, 
  • (iii) Centro Privado de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.  

5. Improcedencia de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Los MASC no son aplicables a las siguientes materias y casos: 

Responsabilidades Administrativas:

Resoluciones por las que se impongan sanciones administrativas a los servidores públicos, y contra las que decidan los recursos administrativos en dicha materia, salvo tratándose la modalidad, forma, monto o plazos para el pago de las sanciones económicas, y el periodo de suspensión, destitución o inhabilitación determinado.  

Agrario:

Los procedimientos que se tramitarán de conformidad con lo dispuesto por el artículo 27 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. 

 Comercio Exterior:  

Por un lado, son improcedentes las controversias previstas en el artículo 94 de la Ley de Comercio Exterior, es decir, resoluciones relativas al marcado de país de origen, certificación de origen o que declaren concluida una investigación de prácticas desleales de comercio internacional imponiendo cuotas compensatorias, entre otros. Dicho en otras palabras, los MASC son improcedentes cuando la Secretaría de Economía resuelve un procedimiento antidumping y determina cuotas compensatorias.  

Por otro lado, sí son procedentes las controversias derivadas de actos relativos a la aplicación de cuotas compensatorias definitivas impuestas por parte de la autoridad aduanera, o la modalidad, plazos o facilidades de pago, así como condonación de multas y accesorios.  

Otras Causas de Improcedencia de los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias:

  • Se afecten los programas o metas de la Administración Pública Centralizada, Descentralizada en el ámbito Federal y Local, así como tratándose de los Órganos Constitucionales Autónomos. 
  • Se contravenga el orden público. 
  • Se afecten derechos de terceros. 

 Laborales:

Las controversias laborales con la Administración Pública que deban tramitarse de conformidad con lo dispuesto por el artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley Federal del Trabajo.

Juicios de Lesividad:

Cuando la controversia sea planteada por las autoridades administrativas, respecto de las resoluciones administrativas favorables a un particular, cuando se consideren contrarias a la Ley. 

6. Entrada en Vigor de La Ley General de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias

Esta ley entró en vigor al día siguiente de su publicación y el Poder Judicial (entre otras autoridadades) contará con un plazo de 180 días naturales para la expedición de los ordenamientos aplicables para el cumplimiento del Decreto.

Comentarios VTZ

¿Aplican los Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en los procedimientos fiscales?

La presente ley deriva de la iniciativa presentada por la Senadora Olga Sánchez Cordero. En la exposición de motivos, destacamos que la Senadora consideraba que se requerían establecer las bases de MASC para la materia fiscal, entre otras, tal y como se desprende del siguiente fragmento:  

“…resulta necesaria y urgente la expedición de la citada ley general que siente las bases y principios de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia civil, mercantil…administrativa, propiedad intelectual, fiscal,… medio ambiental…, entre otros, siempre y cuando no se contrapongan con otras leyes que establezcan procedimientos conciliatorios….” 

Cabe recordar que, en materia fiscal, el Código Fiscal de la Federación prevé el Acuerdo Conclusivo ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON). Los Acuerdos Conclusivos son un mecanismo que ayuda al contribuyente a solucionar controversias relativas a los hechos u omisiones observados por la autoridad fiscal al ejercer sus facultades de comprobación (limitado a ciertos supuestos), sin embargo, establecen momentos y plazos para su presentación, lo que no sucede con los MASC 

Regresando a la Ley General MASC, nosotros observamos que un particular podría solicitar la aplicación de un MASC durante la tramitación de un procedimiento fiscal-administrativo en sede administrativo en cualquier momento o etapa (fracción I) o en instancias de justicia contenciosa (fracción II) de conformidad con el artículo 115, incluso en ejecución de sentencia. Es decir, la PRODECON subsiste como un medio alternativo en sede administrativa debido a que un particular podría dentro de los momentos y plazos previstos por el Código Fiscal de la Federación solicitar la adopción de los acuerdos conclusivos  o bien, acudir a un “Centro Público de Justicia Administrativa”, según se desprende del texto de la ley:  

«Artículo 115. Los mecanismos alternativos de solución de controversias a que se refiere este Capítulo son aplicables:

I. En sede administrativa, conforme a esta Ley y las leyes de la materia, o ante el Centro Público de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de Justicia Administrativa, antes o durante la tramitación de los procedimientos administrativos, que se encuentren pendientes de solución, y[…]»

No obstante, nos cuestionamos si los procedimientos fiscales-administrativos (tales como, una auditoría de Comercio Exterior) actualiza alguno de los supuestos de improcedencia en los MASC en materia administrativa (ver supra). Por ejemplo: ¿Los MASC afectan las metas de recaudación fiscal de la Administración Pública Centralizada? De ser afirmativo, los MASC serían improcedentes.  

¿La conciliación o mediación en materia fiscal atenta contra el orden público (un concepto indeterminable)? La ley es un tanto ambigua, por lo que no resulta del todo claro si los MASC previstos en esta ley resultan procedentes, especialmente si la Ley considera como improcedente los MASC cuando se trata un «juicio de lesividad». 

Conclusión

Al ser una ley “general”, este nuevo ordenamiento establece las bases o principios que regirán los MASC en diversas materias y niveles de gobiernos (federal, estatal, municipal). El artículo segundo transitorio ordena que el Congreso Federal deberá actualizar las normas correspondientes. ¿Se incluirá el Código Fiscal? 

Hacemos hincapié que existen otras leyes y dependencias, como la Procuraduría Federal del Consumidor o la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, que prevén mecanismos para solucionar controversias. En consecuencia, habrá que ver cómo las actualizaciones del Congreso Federal impactan en estos procedimientos. 

En cuanto a los procedimientos en materia administrativo-fiscales, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa creará los “Centros Públicos de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de Justicia Administrativa”, por lo que las normas secundarias resultarán trascendentales para comprender el alcance de esta nueva ley en procedimientos administrativos y fiscales. 

De cumplir con los objetivos y fines, esta Ley General de MASC puede ser trascendental para los ciudadanos y empresas en temas de paz y solución de controversias en un período de tiempo menor a un procedimiento judicial. Por ello, sugerimos a las empresas seguir de cerca estos nuevos desarrollos legales, toda vez que, sin duda, serán de gran apoyo para resolver controversias con la autoridad sin acudir directamente a los organismos jurisdiccionales.  

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