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Resolución Final Antidumping Poliéster Textil Texturizado de China e India

El día 29 de septiembre de 2021, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la resolución final sobre la investigación de antidumping sobre las importaciones de poliéster filamento textil texturizado originarias de China e India. En este espacio, resumimos lo más relevante de la resolución final.

Cobertura del Producto Investigado: Poliéster Filamento Textil (PTY)

Hilados continuos de filamento textil texturizado o hilo de poliéster texturizado (PTY, por sus siglas en inglés Polyester Textured Yarn, o PFTT), incluidas todas las formas de PFTT, pudiendo variar en términos de denier, lustre y color, sin modificar sus características esenciales.

Las Cuotas Compensatorias al Poliéster Fialmento Textil

La Secretaría de Economía impuso una cuota compensatoria definitiva no lesiva (o una lesser duty)  de $0.532 dólares por kilogramo a las importaciones de PTY originarias de China e India. Sin embargo, la Secretaría suspendió la aplicación de las cuotas compensatorias en virtud de circunstancias extraordinarias y excluyó ciertos tipos de poliéster filamento textil texturizado. 

Circunstancias Extraordinarias

La Secretaría tomó en cuenta los efectos del virus SARS-CoV2 (COVID-19), el cual ha afectado a la industria textil, y por lo tanto suspendió la aplicación de la cuota compensatoria por un año.

Exclusión de Cuotas Compensatorias

Considerando argumentos de importadores, la Secretaría excluyó ciertos tipos de poliéster filamento textil de la cuota compensatoria, tal y como se desprende en el párrafo 259 de la Resolución Final de la Investigación Antidumping.  

Cabe destacar, VTZ representó exitosamente a  los importadores Hilos American & Efird de México, S.A. de C.V y Gütermann Polygal Mexicana, S.A. de C.V., ya que gracias a nuestros argumentos logramos excluir el hilo de coser Twister Yarn T-18 y el E 382 y/o Bauschgarn 100.

Exportadores de China y VTZ

VTZ también representó a empresas exportadoras de la República Popular de China, las cules la Secretaría les calculó un margen de discrminación de precios (o dumping) específico, tal y como se desprende en el párrafo 520 de la Resolución Final. 

Las empresas de China que representamos fueron las siguientes: 

  • Jiangsu Hengli Chemical Fibre Co. Ltd.
  • Tongkun Group Co. Ltd.
  • Xiamen Xianglu Chemical Fiber Company Limited
  • Xinfengming Group Huzhou Zhongshi Technology Co. Ltd.

VTZ también representó a una empresa productora de India, Sarla, cuyos productos exportados a México fueron excluidos de las cuotas compensatorias. 

¿Preguntas sobre la Resolución Final sobre Poliéster Filamento Textil ?

VTZ es un despacho especializado en Comercio Exterior, con un equipo con amplia experiencia en investigaciones antidumping, contacta a nuestros miembros clave hoy:

Adrián Vázquez

Adrián Vázquez

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