Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y mecanismo de asignación para importar juguetes y productos para bebé
¿De qué trata el Acuerdo?
El Acuerdo es un instrumento de política industrial, acorde con el Plan de Reactivación Económica de la Secretaría de Economía, toda vez que facilita el cumplimiento de compromisos establecidos por las industrias del juguete y los productos para bebé, en materia de inversión, empleo, producción, exportaciones, contenido regional, entre otros.
El mecanismo de asignación directa será la modalidad de asignación para este cupo de importación, el cual está dirigido al sector del juguete y los productos para bebé con la finalidad de reconocer el esfuerzo productivo de cada empresa, al favorecer el acceso al cupo bajo este mecanismo de asignación, especialmente a las micro y pequeñas empresas para promover por igual la competitividad de todos los participantes.
Fracciones arancelarias para productos para bebé
Fracción arancelaria/NICO |
Descripción |
Acotación |
3407.00.99 |
Los demás. |
Únicamente: Masas modeladoras para niños. |
00 |
Los demás. |
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3924.90.99 |
Los demás. |
Únicamente: Entrenadores y mamilas de silicón. |
00 |
Los demás. |
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8715.00.01 |
Coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños. |
Únicamente: Carriolas. |
00 |
Coches, sillas y vehículos similares para transporte de niños. |
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9401.80.01 |
Los demás asientos. |
Únicamente: Sillas altas y portabebés. |
00 |
Los demás asientos. |
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9503.00.01 |
Triciclos o cochecitos de pedal o palanca. |
Únicamente: Cochecitos de pedal o palanca. |
Asignación
La asignación para el primer año de vigencia, se efectuará de la siguiente manera:
Cabe destacar que se llevarán a cabo mesas de trabajo cada trimestre con la finalidad de dar seguimiento a los compromisos asentados en la solicitud inicial.
En caso de que un beneficiario no agote el monto asignado durante el año de su vigencia, no podrá solicitar que el monto no ejercido de éste se sume a la asignación que le corresponda en el siguiente año, durante la vigencia de este Acuerdo.
La “Asignación Directa de cupo” a través de la Ventanilla Digital y deberán adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de ciertos requisitos (ver artículo sexto del Acuerdo)
La SE expedirá el certificado de cupo al día hábil siguiente a la fecha de ingreso de la solicitud.
Procedimiento
La “Asignación Directa de cupo” será a través de la Ventanilla Digital y se deberán adjuntar los documentos que acrediten el cumplimiento de ciertos requisitos (ver artículo sexto del Acuerdo)
La SE expedirá el certificado de cupo al día hábil siguiente a la fecha de ingreso de la solicitud
Entrada en vigor
El Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Lo anterior, con excepción de lo relativo a la fracción arancelaria 3407.00.99, misma que entrará en vigor el mismo día de la entrada en vigor del Decreto a través del cual se establezca el arancel-cupo respectivo.
Vigencia
Labor de VTZ
Cabe destacar que VTZ actualmente representa a la Asociación Mexicana de Productos Infantiles, A.C.(AMPI), de la cual nuestra socia Verónica Vázquez Bravo es Presidenta.
VTZ trabajó en conjunto con la Dirección de Industrias Ligeras de la Subsecretaria de Industria y Comercio para que la AMPI estableciera compromisos en Empleo, Fomento y Facilitación a la Inversión, Comercio Internacional y Regionalización.
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VTZ es un despacho especializado en Comercio Exterior, con un equipo con amplia experiencia en investigaciones antidumping, contacta a nuestros miembros clave hoy:
Adrian Vázquez
Socio Director
Vero Vazquez
Socia
Emilio Arteaga
Socio Jr.