Reforma Laboral sobre las Vacaciones
Por decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación del 27 de diciembre de 2022 se reformaron los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo; y, por tanto, se hizo oficial la reforma laboral sobre las vacaciones ampliando el número de días. Esta reforma entra en vigor a partir del primero de enero de 2023 para quedar de la forma siguiente:
Un trabajador tendrá 12 días de vacaciones a partir del primer año de labores cumplido. Posteriormente, el trabajador aumentará dos días el período vacacional por cada año de servicios hasta llegar a veinte días y, a partir del sexto año, se aumentarán dos días por cada cinco años laborados.
AÑOS TRABAJADOS | DÍAS DE VACACIONES |
1 | 12 |
2 | 14 |
3 | 16 |
4 | 18 |
5 | 20 |
6 a 10 | 22 |
11 a 15 | 24 |
16 a 20 | 26 |
21 a 25 | 28 |
26 a 30 | 30 |
12 Días Continuos de Vacaciones
Del total de vacaciones que correspondan conforme a la tabla anterior, el trabajador disfrutará de 12 días de vacaciones continuos, por lo menos. A potestad de la persona trabajadora, dicho período podrá ser distribuido en la forma y tiempo que así lo requiera.
Días Laborables
Los días de vacaciones son días laborables; es decir, no deben de contabilizarse el día o días de descanso semanal que cada trabajador goce ordinariamente ni tampoco los días festivos obligatorios.
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