Mecanismo laboral de respuesta rápida:, Casos reales, TMEC, Silao, Matamoros, General Motors, Tridonex, aranceles, amcham

La exposición sobre casos reales del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas para la AMCHAM estuvo dividida en dos partes. En la primera parte, Oscar de la Vega, Socio Fundador de De la Vega & Martínez Rojas, S.C., habló sobre los retos que presenta el TMEC para las empresas en materia laboral. En la segunda parte, Emilio Arteaga, Socio de Vázquez Tercero & Zepeda, habló sobre las generalidades del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida y, en concreto, sobre los casos que se están dando en Matamoros y Silao.

Retos para las Empresas en materia laboral

El TMEC catalizó un cambio en el sindicalismo en México. Las reformas a la Ley Federal del Trabajo y a la Constitución obligan a que las empresas respeten la libertad de asociación y libre sindicalización de los trabajadores. Estos compromisos ya formaban parte de las obligaciones de México desde la ratificación del Convenio 98 de la OIT, incluso con ciertos compromisos con el TIPAT. A su vez, los sindicatos deben dejar de ser estructuras corporativas y pasar a ser órganos democráticos representativos de los trabajadores. En caso de que no se de este cambio, se abrirá la puerta a casos de Mecanismos de Respuesta Rápida, que pueden ser sumamente costosos para las empresas.

Los cinco puntos claves del Mecanismos Laboral de Respuesta Rápida

Puntos más destacados del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida (MLRR) del TMEC:

  1. El MLRR es un mecanismo de solución de controversias Estado- Estado, cuyos efectos son individualizados a particulares; es decir, pueden suspenderse beneficios arancelarios, imponer sanciones, incluso denegar la entrada de bienes en aduana en caso de reiteración, pero a las mercancías de la Instalación «sancionada» (i.e. empresas).
  2. El MLRR aplica únicamente para los «sectores prioritarios» establecidos en el TMEC en relación con Instalaciones Cubiertas.
  3. El MLRR aspira ser un mecanismo súmamente eficiente. Si hay un Panel de Respuesta Rápida, por ejemplo, el MLRR establece que debe haber una decisión en 115 días a partir de que se activa el mecanismo (i.e. solicitud de revisión).
  4. Si EE.UU. solicita la revisión de denegación de derechos, EE.UU. podrá solicitar la «Suspensión de Cuentas Aduaneras» con respecto a las mercancías provenientes de la Instalación «Denunciada«. Las preferencias arancelarias aplicadas para dichas mercancías no son definitivas, es decir EE.UU. podría aplicar las medidas de reparación negando la aplicación de preferencias aranceles.
  5. En caso de que una parte sea sancionada por violar los compromisos en materia laboral del TMEC, con base en un procedimiento conforme al capítulo general de Solución de Controversias, la otra parte tiene 2 años para iniciar el MLRR. A esto se le conoce como Expansión de Reclamaciones.

Mecanismos de Respuesta Rápida: Casos de Matamoros y Silao

El caso de Silao es la primera instancia en la que EE.UU, a través del USTR, activa el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida. Si aceptó la solicitud de revisión, México tendrá que emitir el reporte de su investigación.

El caso de Matamoros aún está en una etapa muy inicial porque deriva de una denuncia de un sindicato. Acutalmente, el Comité Laboral Interagencial de Monitoreo y Aplicación está revisando si la denuncia tiene elementos suficientes para recomendar al USTR activar el MLRR.

En VTZ consideramos que habrán más casos y/o denuncias. En caso de tener comentarios o dudas acerca de los Mecanismos de Respuesta Rápida, no duden en contactarnos.

La Presentación sobre el Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida – TMEC

Diagrama de flujo del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida

Generalidades del Capítulo laboral TMEC

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