Investigación Antidumping sobre Lámina rolada en frío de Vietnam
El 28 de julio de 2022, la Secretaría de Economía publicó en el Diario Oficial de la Federación, la Resolución de inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de lámina rolada en frío de Vietnam. Esta investigación fue solicitada por la empresa mexicana: Ternium México, S.A. de C.V.
Producto investigado: Lámina rolada en frío
Lámina rolada en frío, aleada como sin alear, sin chapar ni revestir, de espesor inferior a 3 milímetros (mm), independientemente del ancho, incluyendo tanto ancho inferior como igual o superior a 600 mm. El producto investigado puede ofrecerse, entre otras presentaciones, en forma de rollos, hojas, tiras, flejes o cintas. El producto investigado comprende tanto a la lámina rolada en frío cruda, como a la lámina rolada en frío recocida. En el mercado internacional, se le conoce como Cold Rolled Steel.
El producto ingresa al mercado nacional mediante las fracciones arancelarias 7209.16.01, 7209.17.01, 7209.18.01, 7209.26.01, 7209.27.01, 7209.28.01, 7209.90.99, 7211.23.03, 7211.29.99, 7211.90.99, 7225.50.07 y 7226.92.06 de la TIGIE, incluyendo la “Regla Octava” a través de las fracciones 9802.00.01, 9802.00.02, 9802.00.03, 9802.00.07, 9802.00.13, 9802.00.15 y 9802.00.19.
Resolución Final Antidumping
El 28 de diciembre de 2023, la Secretaría de Economía publicó la resolución final de la investigación antidumping sobre lámina rolada en frío de Vietnam. En su determinación, la Secretaría concluyó que las importaciones de este producto se realizaron en condiciones de dumping. Además, consideró que dichas importaciones amenazan con causar un daño a la rama de producción nacional. En consecuencia, la Secretaría determinó las siguientes cuotas compensatorias definitivas:
Entre los aspectos más relevantes de la resolución final, destacan que la Secretaría determinó la existencia de una situación especial de mercado (SEM) en la industria de lámina rolada en frío de Vietnam. Además, la Secretaría calculó un valor normal reconstruido de las empresas vietnamitas, en vez de usar los precios internos de sus ventas en Vietnam. Además, la investigación contó con la participación del Gobierno de Vietnam
Situación Especial de Mercado (SEM)
En cuanto a la SEM, la Secretaría determinó desde su resolución preliminar que los precios de compra de insumos para la lámina rolada en frío estaban distorsionados. Tanto la empresa Posco Vietnam Co., Ltd., como el Gobierno de Vietnam aportaron diversas pruebas para demostrar que dichas compras se realizan en condiciones normales de mercado. Además, se dio evidencia sobre que el Gobierno Vietnamita no tiene injerencia sobre la industria de este producto. Sin embargo, la Secretaría discrepó sobre este particular y reiteró su determinación preliminar. Ésta es la primera vez que el Gobierno Mexicano establece la existencia de una SEM en la determinación final de una investigación antidumping.
Nota aclaratoria
El 5 de enero de 2023, la Secretaría publicó una nota aclaratoria sobre la resolución final. En particular, la Secretaría se percató de que había un error que establecía que la lámina rolada en frío podría ser importada sin pagar cuotas compensatorias, siempre “que el país de origen de la mercancía es distinto a China“.
Es decir, las importaciones de lámina rolada en frío podrían entrar al país sin pagar cuotas compensatorias si el importador demostraba que eran de Vietnam o cualquier otro país que no fuera China. Sin embargo, la Secretaría modificó el texto de la resolución final para aclarar que se debe demostrar “que el país de origen de la mercancía es distinto a Vietnam” para no pagar dichas cuotas.
Resolución Preliminar Antidumping
El 13 de septiembre de 2023, la Secretaría de Economía publicó la Resolución Preliminar en la investigación antidumping sobre las importaciones de lámina de acero rolado en frío. En específico, la Secretaría de Economía consideró que cuenta con elementos suficientes para determinar, provisionalmente, la existencia de la práctica desleal de dumping. Además, impuso las siguientes cuotas compensatorias provisionales:
Entre los aspectos más importantes, la Secretaría de Economía determinó que la industria de lámina de acero rolado en frío de Vietnam tiene una situación especial de mercado. En particular, la Secretaría consideró que la producción y los precios en el mercado de Vietnam de esta industria están distorsionados y no es posible usarlos en esta investigación antidumping.
En consecuencia, la Secretaría de Economía realizó una reconstrucción del valor normal de esta mercancía. A partir de dicho valor normal reconstruido, la autoridad comparó los precios de las ventas en Vietnam y las ventas de exportación a México. Sobre esa base, la Secretaría determinó preliminarmente la existencia de dumping e impuso cuotas compensatorias.
Además, las cuotas compensatorias son aplicables tanto a las importaciones definitivas, como a las importaciones temporales como las del programa IMMEX. En este momento, VTZ representa a las dos empresas que obtuvieron cuotas compensatorias específicas: Hoa Phat Steel Sheet Co., Ltd. y Posco Vietnam Co., Ltd.
Para conocer algunos de los demás aspectos específicos de esta investigación antidumping, a continuación te compartimos la información sobre el período de investigación, el período de análisis y los principales importadores de lámina de acero rolado en frío de Vietnam:
Período de Investigación (Dumping)
La Secretaría de Economía determinó que el período de investigación comprende del 1° de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021.
Período de Análisis (Daño)
La Secretaría de Economía determinó que el período de análisis comprende del 1° de octubre de 2018 al 30 de septiembre de 2021.
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Adrian Vázquez
Socio director
Emilio Arteaga
Socio Jr.
Vero Vázquez
Socia
Gilberto Mejía
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