(Descarga nuestro Boletín en PDF)
El 28 de marzo del presente se publicó en el portal de internet del SAT, la versión anticipada de la “Novena resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2018 y su Anexo 1-A”, mediante la cual se dan a conocer nuevas reglas aplicables a los estímulos fiscales en materia de ISR e IVA para la región fronteriza norte, mismas que comentamos a continuación:
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En nuestro Boletín Fiscal, preparado por Jorge Montes, se comenta la versión anticipada de la “Sexta resolución de modificaciones a la resolución miscelánea fiscal para 2018 y su Anexo 1-A”, publicada en el portal del Servicio de Administración Tributaria.
El SAT da a conocer las reglas secunadrias aplicables a los estímulos fiscales en materia de ISR e IVA para la Región Fronteriza Norte y a la compensación de cantidades a favor generadas antes de 2019.
Boletín Fiscal sobre las Reglas de los Estímulos en la Región Fronteriza Norte.
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Los días 14 y 15 de noviembre se publicaron en el Diario Oficial Federación:
En dicha Ley se abordan tópicos como los siguientes:
VTZ preparó dos boletines fiscales que explican las implicaciones de estos documentos:
PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA MISCELÁNEA FISCAL PARA 2017
El día de ayer se difundió, a través de la página de Internet del SAT, la Primera Resolución de Modificaciones a la Miscelánea Fiscal para 2017, quedando pendiente aún su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dicha resolución contiene disposiciones relativas a diversos temas como los siguientes:
1. Aspectos relativos a la repatriación de capitales.
2. Prórroga para cumplir con ciertas obligaciones fiscales derivadas de subcontratación laboral.
3. Disposiciones aplicables a las personas morales con ingresos de hasta cinco millones de pesos que opten por tributar conforme a flujo de efectivo.
4. Referencias a la Ciudad de México.
5. Actualización de cantidades establecidas en el Código Fiscal de la Federación.
6. Factor de acumulación por depósitos o inversiones en el extranjero.
7. Reglas aplicables al Decreto publicado el 27 de diciembre de 2016, relativo a los importadores y enajenantes de gasolinas, diésel y combustibles no fósiles en la franja fronteriza norte del país.
Consulte nuestro Boletín Fiscal o Jorge Montes (jorge.montes@vtz.mx) para obtener mayor información sobre los temas más relevantes: Boletín Fiscal
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